El cumplimiento del Convenio y de los TLC firmados con EE.UU. y Europa pone de presente la obligación para el agricultor de comprar la semilla patentada si quiere explotar su parcela. Con ello, está obligado a dejar de lado la semilla “criolla” fruto de procesos de selección ancestral y que constituye un componente fundamental de la cultura, de los sistemas productivos, de la soberanía y la autonomía alimentaria de los pueblos



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